El Testamento

El Testamento

Abogados Tenerife. El testamento es el acto por el que una persona dispone de sus bienes o parte de ellos para después de su fallecimiento, manifestando así cuáles son sus últimas voluntades. 

El artículo 667 del código civil establece:

El acto por el cual una persona dispone para después de su muerte de todos sus bienes o de parte de ellos se llama testamento.

Dichas manifestaciones testamentarias se plasman en un documento al que también denominamos testamento. Dicho documento es fundamental para conocer e interpretar la voluntad del testador y, aunque existen diferentes tipos de testamentos, recomendamos realizar el testamento abierto notarial, por las ventajas que presenta, tales como: intervención de Notario para evitar que el testamento no adolezca de defectos formales o legales que impidan su cumplimiento, queda el original en los registros de la Notaría y se inscribe en el Registro General de Últimas Voluntades, por lo que será conocido y accesible en el momento de fallecimiento del testador.

 En TGM Abogados, Abogados Tenerife, le asesoramos y, junto con la Notaría, nos cercioramos de que el testamento al tiempo que cumple con la legalidad, recoja los deseos del testador, para que estos puedan llevarse a cabo en su momento. 

Puede otorgar testamento toda persona natural, excepto las que no cumplan los siguientes requisitos en el momento de realizar el testamento:

Artículo 663 Código Civil:

No pueden testar:

1.º La persona menor de catorce años.

2.º La persona que en el momento de testar no pueda conformar o expresar su voluntad ni aun con ayuda de medios o apoyos para ello.

Para dar cumplimiento a lo anterior, el Notario que intervenga realizará un juicio de capacidad para asegurarse que el testador se encuentra con la capacidad necesaria para realizar el acto dispositivo que pretende.

No es obligatorio realizar testamento. En caso de que una persona no realice testamento, al fallecer se deberá dar cumplimiento a las disposiciones legales para la sucesión intestada, ya que no decidió nada sobre el reparto de su patrimonio.

Las disposiciones testamentarias se podrán revocar. El testamento posterior revoca el anterior.

Contacte con TGM Abogados, Abogados Tenerife, y le asesoraremos sobre la redacción de su testamento.