PROCEDIMIENTO DE GUARDA, CUSTODIA Y ALIMENTOS EN HIJOS EXTRAMATRIMONIALES

PROCEDIMIENTO DE GUARDA, CUSTODIA Y ALIMENTOS EN HIJOS EXTRAMATRIMONIALES

Abogados Tenerife. En la actualidad es muy frecuente que parejas, con o sin convivencia, tengan descendencia. Así, nos encontramos con menores que son hijos de parejas que no están casadas.

Para el caso de que la relación afectiva y, en su caso, la convivencia, finalicen es altamente recomendable que los progenitores establezcan las medidas que deben regir con respecto a los hijos menores frutos de dicha unión. Así, se contemplarán los derechos y obligaciones que cada uno de los progenitores tendrán con respecto a la descendencia común.

Si usted se encuentra en esa situación no dude en contacta con TGM Abogados, Abogados Tenerife. Le asesoraremos desde el primer momento.

El procedimiento establecido para ello no difiere en exceso de la separación o divorcio para aquellas parejas casadas con hijos, ya que las obligaciones paterno filiales son esencialmente las mismas.

Si los progenitores alcanzan un acuerdo con respecto a las medidas que afecten a sus hijos (guarda y custodia, régimen de visitas, pensión de alimentos, gastos de los hijos…etc.), ya sea por ellos mismos, por la intervención de un abogado común o por la intervención de sendos ambos elegidos por cada uno de ellos, dichos acuerdos se plasmarán en un convenio regulador que deberá presentarse junto con una demanda de mutuo acuerdo en el juzgado para su aprobación.

Si los progenitores no alcanzan un acuerdo y no se puede redactar un convenio regulador con los pactos alcanzados, habrá que recurrir al procedimiento contencioso, provisto cada progenitor de un abogado y procurador, con el fin de que un juez decida sobre las medidas que afectan a los hijos.

Cualquiera que sea su situación, incluso si desconoce aún si será posible o no alcanzar un acuerdo, contacte con TGM Abogados, Abogados Tenerife, y contará con asistencia jurídica para la defensa de sus intereses.

Así, establece nuestro ordenamiento jurídico que el Título I  de la Ley de Enjuiciamiento Civil, relativo a  los procesos sobre provisión de medidas judiciales de apoyo a las personas con discapacidadfiliaciónmatrimonio y menores, serán aplicables a los procesos  que versen exclusivamente sobre guarda y custodia de hijos menores o sobre alimentos reclamados por un progenitor contra el otro en nombre de los hijos menores.

En estos casos en los que no existe matrimonio de los progenitores y no existe, por tanto, la necesidad de poner fin al vínculo matrimonial, resulta igualmente esencial para el bienestar de los hijos menores regular aquellas medidas que les afecten como consecuencia de la ruptura afectiva de los progenitores. De lo contrario, a buen seguro, surgirán en algún momento controversias como consecuencia de la falta de determinación de las obligaciones y derechos que cada uno de los padres tiene con respecto a sus hijos. Por tanto, aconsejamos no esperar a que surja una controversia para regular las situaciones derivadas de rupturas en parejas de hecho, sino establecerlas desde que finalice la relación o el cese de la convivencia en común entre los progenitores. 

En TGM Abogados, Abogados Tenerife, podemos ayudarle y asesorarle durante la tramitación de todo el procedimiento. Contacte con nosotros.